Un imparcial Vista de accidente de trabajo ley 1562
En los casos de enfermedad global o accidente no laboral, el pago entre el 4º y el 15º día de la descenso corre a cargo del empresario, a partir del 16º la responsabilidad de suscripción será del INSS o de la mutua.Aplastamiento del trabajador contra una mesa de corte a consecuencia de la caída de láminas de vidrio de grandes dimensionesSeg